Cada día es más frecuente recibir en las bandejas de entrada correos electrónicos de entidades, organizaciones, fundaciones, en las que podemos ver las direcciones de otros remitentes.
Según la Ley de Protección de Datos, en adelante LOPD, en la definición del concepto de dato de carácter personal establece “cualquier información publica o privada concerniente a personas físicas identificadas o identificables”.
A la vista de lo anterior, se deduce que la dirección de correo electrónico, considerando que contiene información acerca de su titular, o en la medida en que permita proceder a la identificación del mismo, ha de ser considerada como dato de carácter personal y su tratamiento sometido a la LOPD.
En la actualidad las denuncias presentadas por los receptores han ido en aumento, por lo que se demuestra que cada vez existe un nivel más alto de concienciación ciudadana, por su privacidad.
La Agencia Española de Protección de Datos sancionó con una multa de 2000 euros a una entidad por realizar un envío múltiple a través del correo electrónico a 1000 remitentes sin ocultar sus direcciones.
Este procedimiento sancionador tuvo lugar debido a que un cliente recibió un correo electrónico, en el que figuraban a la vista las direcciones de correo electronicos de los demas remitentes.
A la vista del hecho la Agencia Española de Protección de Datos, dictaminó que se incurrió en una infracción grave, pues incumplió el deber de secreto previsto en el artículo 10 de la LOPD revelando los datos personales.
Desde Ozonia, recomendamos guardar la privacidad de los datos personales de los que somos responsables, y revisar que todo esté correcto ante de dar a “enviar” un correo electrónico.