Tras su paso por el Senado se han incorporado a la normativa cuatro enmiendas del Partido Popular, principalmente de carácter técnico.

Antes de convertirse en Proyecto de Ley el 17 de mayo, el Decreto de medidas urgentes fue aprobado en Consejo de Ministros el día 4 de ese mismo mes y, se encuentra en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE.

Por unanimidad, se decidió que fuera tramitado como proyecto de ley, lo que abría la posibilidad de cambios puntuales por parte de los grupos parlamentarios en forma de enmiendas.

En concreto, esta ley plantea la modificación de cuatro normativas: Ley del Mercado de Valores, Ley de Aguas, Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad y la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

El ministro Arias Cañete justificó que el texto responde al propósito de mejorar la gestión ambiental española, adaptando directivas europeas y reduciendo las cargas administrativas y favoreciendo, entre otros puntos, el sistema de subastas en derechos de emisiones.

Con ello, detalló que esta ley incorpora la normativa europea y modifica así la de 1988 de Mercado de Valores, de forma que España pudiera acceder a participar en las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, y en consecuencia, cumplir los compromisos adquiridos en el protocolo de Kyoto.

Igualmente, la normativa plantea una modificación de la Ley de Aguas, donde el Estado recupera la competencia sancionadora en la materia (policía hidráulica) en las confederaciones hidrográficas de las cuencas intercomunitarias.

En materia de protección ambiental, plantea una modificación en la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, con la que se pretende coordinar y simplificar las distintas figuras de protección que rigen sobre una misma hectárea.

En concreto, simplifica el régimen de calificaciones de los espacios protegidos, lo que afecta directamente a la Red Natura 2000, para que usuarios y municipios «tengan claras» las limitaciones y derechos que se pueden ejercer en cada zona.

En materia de residuos, cambia el sistema de notificaciones de traslados de residuos puesto que, en muchos casos, señala que este transporte pasa por varias comunidades autónomas y se necesitaba de un permiso notificado de cada una de ellas, además de hacer del SDDR un sistema voluntario y no obligatorio.

Fuente: Ambientum.com