Infringir el reglamento de protección de datos podrá suponer multas de entre un 2% de la facturación anual y 1 millón de euros
Esta semana por fin, tras tres años de debate en el Consejo, los ministros de justicia de la Unión Europea han conseguido llegar a un acuerdo político sobre el nuevo reglamento europeo de protección de datos. Gracias a ello queda desbloqueada la tramitación de la norma que la próxima semana pasará a debatirse en el Parlamento Europeo.
El texto, presentado por la presidencia letona, fue apoyado por todos los estados miembros salvo por Austria y Eslovenia. Sin embargo, no por ello dejo de existir una actitud crítica sobre diversos aspectos del acuerdo como, por ejemplo, lo referente a las sanciones. Respecto a las mismas, la nueva normativa comprende la posibilidad de imponer multas cuya cuantía alcance entre un 2% de la facturación anual del infractor y 1 millón de euros.
La razón por la que se trabaja en el nuevo reglamento es simple, pues no es sino de 1995 de cuando data la normativa europea vigente de protección de datos y, habida cuenta de la velocidad del avance tecnológico y de la forma imparable en la que el uso de internet crece en todos los ámbitos de nuestra sociedad, no es de extrañar que la misma haya quedado desfasada y pueda tacharse de insuficiente.
El reglamento se aplicará a todos los estados miembros y estarán sujetas a él todos las empresas que operen en Europa con independencia de dónde tengan su sede.
Entre sus innovaciones encontramos un sistema de ventanilla única y la «portabilidad de datos» que permitirá, por ejemplo, solicitar a una red social que extraiga nuestros datos para trasladarlos a otra. Como no podía ser de otra manera, la norma también contempla el famoso y popularmente denominado «derecho al olvido».
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