CaixaBank se ha convertido en la primera entidad financiera del mundo en ofrecer a sus clientes la posibilidad de realizar reintegros en sus cajeros automáticos mediante reconocimiento facial y sin tener que introducir su PIN. En el día de ayer, la entidad bancaria mandó un comunicado a todos sus clientes a través de correos electrónicos y SMS en el que se informaba de esta opción a la hora de utilizar el cajero.
El objetivo de la implantación de la tecnología de reconocimiento facial en cajeros es ofrecer una mejor experiencia de usuario y una mayor seguridad en las operaciones, ya que agiliza el proceso de identificación del cliente y facilita la realización de reintegros sin memorizar múltiples contraseñas.
Los clientes de CaixaBank deberán de registrar su rostro en la app CaixaBankNow y podrán sacar dinero del cajero solo con su cara con un nuevo método de identificación completamente seguro, según la entidad bancaria. A través de este ENLACE podrá consultar más información y un vídeo.
Uno de los principales inconvenientes que puede traer este tipo de tratamiento de datos, datos biómetricos, es que son considerados datos de categoría especial conforme a lo establecido en el artículo 9 del RGPD 2016/679, por lo que su tratamiento queda prohibo excepto que se cumpla una de las reglas establecidas en dicho artículo, como por ejemplo el consentimiento expreso de interesado. Por tanto, las entidades bancarias NO te pueden obligar a sacar dinero del cajero bajo este tipo de sistemas biométricos.
La semana pasada, saltaba la noticia, tras la publicación de un Informe Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos, en la que afirmaba que los bancos no podrán exigir a sus clientes sus datos biométricos. La autoridad de control concluyó que las entidades están en su derecho de ofrecer esta tecnología para validar operaciones, pero solo cuando los usuarios den su consentimiento expreso, sino, NO pueden obligar a los clientes.
Las entidades bancarias podrán seguir usando los datos biométricos de sus clientes, como la huella dactilar o el reconocimiento facial, como método de autenticación para realizar operaciones. Pero en ningún caso tendrán derecho a exigir esa información en el momento de abrir una cuenta por ejemplo.
GONZALO OLIVER MARTÍN
OZONIA CONSULTORES SL